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ONU, Sheinbaum y Amnistía Internacional condenan Ley de Ciberacoso en Puebla por atentar contra libertad de expresión

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La recién aprobada Ley de Ciberacoso en Puebla ha desatado un terremoto político y jurídico, con rechazos contundentes de la ONU, Amnistía Internacional y hasta de la presidenta Claudia Sheinbaum. El polémico artículo 480 del Código Penal poblano, que criminaliza «insultos, injurias o ofensas» en redes sociales, es señalado por organismos internacionales como una amenaza a la libertad de expresión y un retroceso en derechos humanos. Sheinbaum fue clara: «Nuestra posición siempre es en contra de la censura. No vamos a estar de acuerdo con un artículo que la promueva», aunque dejó una ventana abierta al decir «vamos a ver» sobre posibles modificaciones.

La Oficina en México del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos se sumó al coro de críticas, haciendo eco del llamado de Sheinbaum a garantizar las libertades fundamentales. En un comunicado en redes sociales, el organismo internacional urgió a revisar «marcos legales que posibilitan la criminalización de la expresión», en clara referencia a los nuevos delitos contra el honor incorporados en Puebla. Lo que en teoría busca proteger la integridad emocional de las personas, en la práctica podría convertirse -advirtieron- en un arma para silenciar críticas legítimas bajo el pretexto de combatir el «ciberacoso».

Amnistía Internacional profundizó el análisis, señalando que la reforma no solo incluye el cuestionado delito de ciberacoso, sino también figuras como espionaje digital y usurpación de identidad, redactadas con «ambigüedad peligrosa». La organización alertó que estas normas podrían usarse arbitrariamente contra periodistas, activistas y cualquier ciudadano que disienta. «Lejos de proteger derechos, estas reformas los ponen en riesgo», sentenció el grupo fundado en 1961, con presencia en 150 países. Su advertencia es clara: la ciberseguridad no debe convertirse en caballo de Troya para la censura.

El núcleo del conflicto está en la definición vaga de qué constituye «ciberacoso». ¿Una crítica política reiterada podría considerarse «insistencia necesaria para causar daño emocional»? ¿Quién determina cuándo un comentario cruza la línea de la opinión legítima al delito? Estas preguntas quedan abiertas en la redacción actual, generando temores fundados sobre su aplicación selectiva. Mientras el gobierno de Alejandro Armenta defiende la ley como protección contra la violencia digital, sus detractores ven un intento por controlar el discurso público bajo el disfraz de legislación progresista.

El caso de Puebla se ha convertido en prueba ácida para el equilibrio entre seguridad digital y libertades civiles. Mientras organizaciones internacionales piden diálogo público con expertos para ajustar el marco legal, el mundo observa si México -con Sheinbaum a la cabeza- logrará conciliar la protección contra el acoso en línea con el derecho a disentir. Lo que está en juego trasciende un código penal local: es la definición misma de los límites del debate democrático en la era digital. Como resume Amnistía: «Alzar la voz no es delito». La pelota ahora está en la cancha del Congreso de Puebla.

Con información de: e-consulta.com

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